*Nuestra Policía Nacional en Sánchez Ramírez conmemora el 85 aniversarios de creación de la institución*
Nuestra Policía Nacional conmemora el 85 aniversarios de su creación y en honor a todos sus miembros en este importante día y con la presencia de una gran cantidad de nuestros uniformados, se procedió a participar en compañía de autoridades civiles y militares de Sánchez Ramírez a la realización de una importante misa que se realizó en en Salón Comunal de la Iglesia Inmaculada Concepción del Municipio de Cotuí y bajo las palabras del párroco de Cotui Robinson Mejía.
Este importante acto fue encabezado por el Coronel José Francisco de la Cruz Mercedes, Comandante Policial de Cotuí, quien se hizo acompañar de otros oficiales de servicios en esta parte del país.
Ser hombres y mujeres de buenos principios y valores en representación de esta gloriosa institución, estos son de los principales puntos importantes a seguir, los cuales deben regirse acoplados a lo establecido por nuestro Presidente Constitucional de la Republica Luis Abinader Corona y siguiendo las directrices de nuestro Director General de la Policía Nacional Mayor General Edward Sánchez González.
*Breve reseña*
La Policía Nacional Dominicana Fue creada en el año 1936, Mediante decreto No. 1523 del 2 de marzo. Seguido de esto en el año 1939, mediante decreto No.219, del 4 de marzo del presidente JACINTO B. PEYNADO, se instituyó como día de la Policía, el 2 de marzo, más tarde hubo una República modificación pasándose a llamar ese día como día de la Policía Nacional.
*Misión Constitucional*
Nuestra Policía Nacional es un cuerpo arma¬do, técnico, profesional, de naturaleza policial, bajo la autoridad del Presidente de la República, obediente al poder civil, apartidista y sin facultad, en ningún caso, para deliberar. La Policía Nacional tiene por misión: Salvaguardar la seguridad ciudadana; Prevenir y controlar los delitos; Perseguir e investigar las infracciones penales, bajo la dirección legal de la autoridad competente; Mantener el orden público para proteger el libre ejercicio de los derechos de las personas y la convivencia pacífica de conformidad con la Constitución y las leyes. (Art. 255, Co

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